¿Qué puedes hacer si juegas al golf en Andalucía?

Resumen de las consultas recibidas en esta Real Federación Andaluza de Golf, por parte de jugadores y clubes federados, respecto a las limitaciones a la movilidad establecidas en el Decreto de Presidente 2/2021 y 3/2021 y la Orden de 8 de noviembre de 2020 por la que se modulan los niveles de alerta 3 y 4, modificada por Orden de 16 de enero de 2021, como consecuencia de la situación crítica epidemiológica derivada del Covid-19 en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

¿Pueden abrir los campos de golf?

Sí. En cualquier zona de Andalucía.

Sin embargo, en los municipios con incidencia superior a 1.000 contagios por cada 100.000 habitantes, sólo se podrá abrir la instalación deportiva, pero no así su restaurante y pro-shop.

¿Cómo afecta la limitación horaria a los campos de golf?

La limitación horaria a las 18:00 horas no afecta a los campos de golf para la realización de actividad física al aire libre. Esta limitación sí afectaría a los servicios de restauración y pro-shop.

¿Qué competiciones puede organizar un campo de golf?

En toda Andalucía se pueden organizar todo tipo de competiciones, salvo en aquellas áreas que se encuentren en nivel 4 grado 2, donde sólo podrán organizarse competiciones de categoría absoluta.

En golf, cualquier competición que se celebre en un campo federado, es una competición federada.

¿Puedo desplazarme de un municipio a otro para ir a un campo de golf?

Conforme a la nota aclaratoria que la Dirección General de Promoción Deportiva, Hábitos Saludables y Tejido Deportivo de la Junta de Andalucía remite a las federaciones deportivas andaluzas con fecha 19 de enero, se permite la movilidad por todas las provincias y municipios a aquellos deportistas federados de categoría absoluta, de alto nivel o de alto rendimiento, entrenadores, jueces o árbitros federados, siempre que el desplazamiento sea relativo a actividades deportivas federadas y competiciones oficiales.

En cuanto a aquellos jugadores que NO forman parte de la categoría absoluta, se podrán desplazar siempre que no procedan de un municipio con cierre perimetral.

¿Qué jugadores componen la categoría absoluta?

Por categoría absoluta se entiende aquella que agrupa a deportistas en la clasificación general de una competición deportiva, independientemente del grupo de edad al que pertenezca. Dependiendo de las características del deporte, la federación deportiva correspondiente puede limitar la edad mínima que debe tener un deportista para participar en una competición oficial y optar a la clasificación absoluta. (Decreto 336/2009, de 22 de Septiembre, por el que se regula el Deporte de Rendimiento de Andalucía). La Real Federación Andaluza de Golf no tiene establecida ninguna limitación de edad en este sentido.

¿Qué jugadores NO forman parte de la categoria absoluta?

Aquellos federados amateurs que no tienen hándicap, ya que no pueden participar en una competición absoluta.

¿Qué significa realizar actividades deportivas federadas?

Estar federado y participar en una actividad federada, como deportista, entrenador, juez o árbitro. La Real Federación Andaluza de Golf entiende que actividades deportivas federadas incluyen, entre otras, la participación en una competición, sea oficial o no, la realización de vueltas de entrenamiento, ya sea en el campo que va a albergar la competición o en cualquier otro campo federado, la práctica y entrenamiento en zonas e instalaciones federadas de práctica, con o sin la asistencia de un entrenador, etc. Estas actividades federadas permiten el desplazamiento entre municipios siempre que tengan relación, para competir o preparar, con una competición oficial.

¿Qué es una competición oficial federada?

Según la Ley del Deporte Andaluz, son aquellas competiciones declaradas como tal por la federación deportiva correspondiente, e incorporadas al calendario aprobado por la Asamblea General de la Federación.

Ejemplos de competiciones oficiales incluyen tanto el Estrella Damm Andalucía Valderrama Masters, como los Circuitos Senior, Femenino, de 5ª categoría, etc.

¿Debo llevar la licencia física?

Conforme al Decreto de Presidencia 9/2020 de 8 de noviembre, el jugador federado acreditará tal condición exhibiendo su licencia federativa, ya sea la licencia física, o a través de la app de la Real Federación Española de Golf.

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